Abogados laborales
Accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y reclamos ante las ART.
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Etapa administrativa
Comisión Médica de la SRT.
Etapa judicial
El estudio
Honestidad, transparencia y responsabilidad
- HonestidadTe decimos desde la primera consulta si hay reclamo o no.
- TransparenciaLos honorarios y los gastos se explican antes, no después.
- ResponsabilidadEl mismo estudio te lleva el caso de principio a fin.
- Socios
- Dr. Joaquín Nicolás Canedo Peró
- T° III F° 433 C.A.Z.C.
- Dr. Pablo Mariano Buczak
- T° IV F° 272 C.A.Z.C.
- Dónde atendemos
- Dr. Félix Pagola 935, Zárate
- Lunes y jueves, con turno previo
- Zona
- Zárate, Campana, Escobar y Exaltación de la Cruz
- Y clientes de toda la Provincia de Buenos Aires
Guías rápidas
Para leer en un minuto
- ¿Cuál es mi ART?Cómo averiguarlo con el CUIL, gratis y sin clave.
- La denuncia no depende solo de la empresaCon una enfermedad profesional, primero el informe médico y después el telegrama.
- Accidente yendo o volviendo del trabajoQué trayecto cubre la ART y qué cuidar en la denuncia.
- Tu historia laboral, paso a pasoCómo bajarla de ANSES en PDF, gratis.
- Enfermedad profesional: por dónde empezarQué es, qué juntar y qué pasa si la ART rechaza.
- Qué papeles juntarLa lista de lo que sirve para probar tu caso. No hace falta tenerlo todo para consultar.
- Lo que suele pasar con la ARTAlta con cero por ciento, rechazo por "preexistente", oferta baja. Qué hacer en cada caso.
Herramienta
Para contar plazos
Preguntas frecuentes
¿Cómo se cobran los honorarios?
¿Puedo reclamar si ya firmé el alta?
¿El reclamo es contra mi empleador?
¿Tengo que ir al estudio?
Me rechazaron la enfermedad. ¿Se puede hacer algo?
¿Atienden accidentes yendo o volviendo del trabajo?
¿Qué papeles llevo a la primera consulta?
¿Tenés dudas con tu caso?
Escribinos por WhatsAppGuía rápida para trabajadores
¿Cuál es mi ART?
La ART la elige el empleador, no el trabajador. Por eso muchos no saben cuál es la suya hasta el día que la necesitan. Se averigua en tres pasos, gratis y sin clave.
Entrá a la consulta de la SRT
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo tiene una consulta pública en su página.
Escribí tu CUIL
Sin puntos ni guiones. No pide clave ni trámite previo.
Leé el resultado
Te muestra la ART de cada empleo que figura activo a tu nombre.
Un detalle importante
Si ya no trabajás ahí, no aparece
La consulta solo muestra los empleos con relación laboral activa. Si el trabajo terminó, ese dato no está ahí. Escribinos y te decimos cómo averiguarlo.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos consultan
Tengo dos trabajos, ¿cuál ART me cubre?
La consulta no me muestra nada, ¿qué significa?
Mi empleador no me tiene registrado, ¿tengo cobertura?
El accidente fue en un trabajo que ya dejé, ¿cómo sé cuál era la ART?
¿Tenés dudas con tu caso?
Escribinos por WhatsAppDr. Félix Pagola 935, Zárate. Atención presencial lunes y jueves, coordinando el turno previamente por WhatsApp.
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Otras guías rápidas
- La denuncia no depende solo de la empresaCon una enfermedad profesional, primero el informe médico y después el telegrama.
- Accidente yendo o volviendo del trabajoQué trayecto cubre la ART y qué cuidar en la denuncia.
- Tu historia laboral, paso a pasoCómo bajarla de ANSES en PDF, gratis.
- Enfermedad profesional: por dónde empezarQué es, qué juntar y qué pasa si la ART rechaza.
- Qué papeles juntarLa lista de lo que sirve para probar tu caso. No hace falta tenerlo todo para consultar.
- Lo que suele pasar con la ARTAlta con cero por ciento, rechazo por "preexistente", oferta baja. Qué hacer en cada caso.
Guía rápida para trabajadores
La denuncia no depende solo de la empresa
Con las enfermedades profesionales eso importa todavía más. El accidente se ve y se denuncia casi siempre. La enfermedad aparece de a poco, y muchas veces queda sin denunciar.
Cómo es
Accidente y enfermedad no son lo mismo
El accidente casi siempre se denuncia
Hay un día, una hora y un hecho que se ve. La empresa casi no tiene opción: lo comunica a la ART.
La enfermedad, muchas veces no
No aparece un día puntual. Se va instalando de a poco, con la tarea repetida, y no hay un episodio que obligue a nadie a hacer nada. Ese es el hueco.
Con la enfermedad, primero el informe médico
Un médico tiene que encuadrar la dolencia y establecer que es una enfermedad profesional. Es el encuadre médico legal de lo que te pasa.
Sin ese encuadre no hay enfermedad que denunciar: no alcanza con decir que te duele la espalda.
Después, el telegrama
Con el informe hecho, el trabajador puede denunciar por telegrama laboral, que para él es gratuito.
Esto no reemplaza el aviso a la empresa. El circuito normal sigue siendo que vos le avisés y que la empresa comunique a la ART. Lo de acá es qué hacer cuando eso no ocurre.
Un detalle importante
Guardá todo
Cada papel sirve para probar que lo que contás pasó de verdad: qué te pasó, cómo te atendieron y dónde trabajás.
-
Lo médico
Todo lo de la atención, en orden de fecha
Estudios, certificados, órdenes médicas, constancias de los turnos (kinesiología incluida). Si te operaron o te internaron, la epicrisis o la historia clínica. Y el alta o el rechazo de la ART, si ya lo tenés.
-
Lo laboral
Todo lo que muestre dónde y cómo trabajás
Recibos de sueldo, tu historia laboral de ANSES y, con una enfermedad, lo que muestre qué tarea hacías y desde cuándo.
-
Lo que se dijo
Cada aviso y cada respuesta, con su fecha
Telegramas que mandaste, con el número de seguimiento. Cartas documento de la ART. Los mensajes con la empresa: sacá captura o exportá el chat.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos consultan
Si ya pasó tiempo desde que empezó la dolencia, ¿sirve igual?
¿Puedo denunciar sin avisarle a la empresa?
¿Qué pasa si la ART rechaza la denuncia?
¿Sirve para cualquier dolencia?
¿Tenés dudas con tu caso?
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Otras guías rápidas
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- Enfermedad profesional: por dónde empezarQué es, qué juntar y qué pasa si la ART rechaza.
- Qué papeles juntarLa lista de lo que sirve para probar tu caso. No hace falta tenerlo todo para consultar.
- Lo que suele pasar con la ARTAlta con cero por ciento, rechazo por "preexistente", oferta baja. Qué hacer en cada caso.
Guía rápida para trabajadores
Accidente yendo o volviendo del trabajo
El camino de ida y el de vuelta los cubre la ART. Vale para el auto, la moto, la bici y el colectivo.
Qué trayecto se cubre
El que va de tu casa al trabajo y vuelve. Si se interrumpe o se altera por algo ajeno al trabajo, puede dejar de estar cubierto.
La denuncia, sin errores
En estos casos la ART discute todo: el horario, el recorrido, cómo pasó. Lo que se declara mal al principio después cuesta corregirlo.
No es lo mismo
Yendo y volviendo se manejan distinto
La cobertura es la misma en los dos casos. Lo que cambia es cómo queda registrado lo que pasó.
-
Si pasa yendo
Primero, la atención médica
Si después estás en condiciones físicas de llegar al trabajo, conviene, porque es el empleador el que hace la denuncia a la ART. Si no podés llegar, no importa: la denuncia se hace igual.
-
Si pasa volviendo
Avisá en el momento y por escrito
Ahí no hay nadie del trabajo que lo haya visto. Avisá a la empresa apenas puedas y que quede por escrito: eso es lo que después fija cuándo y dónde fue.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos consultan
¿Sirve si iba en colectivo o caminando?
Paré a comprar algo en el camino, ¿pierdo la cobertura?
¿Y si el accidente fue culpa de otro conductor?
Curso de noche y paso por la facultad, ¿pierdo la cobertura?
Nunca declaré el desvío por estudio, ¿puedo hacerlo ahora?
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Guía rápida para trabajadores
Tu historia laboral, paso a paso
ANSES tiene registrado lo que tus empleadores declararon por vos. Esa información es tuya, la bajás en PDF y es gratis.
Entrá a Mi ANSES
Con tu CUIL y la Clave de la Seguridad Social. Es la clave de ANSES, no la de ARCA.
Revisá tus datos
Domicilio, correo y celular. Por ahí es que ANSES avisa, así que conviene tenerlos al día.
Trabajo, y después Consultar Historia Laboral
Están en el menú. Se abre el resumen con cada empleador, su CUIT, desde y hasta.
Descargar
Elegí "Toda la Historia Laboral" y bajá hasta el final del cuadro: el botón Descargar está al fondo, y es lo que traba a la mayoría.
Leé el PDF
Trae cada empleador con su CUIT, desde cuándo y hasta cuándo te tuvo declarado, y las fechas de alta y baja registradas.
Un detalle importante
La clave es la de ANSES
No es la clave fiscal de ARCA. Es la confusión más común y por eso mucha gente abandona en el primer paso.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos consultan
¿Tengo que ir a ANSES para pedirla?
No tengo la Clave de la Seguridad Social, ¿qué hago?
Aparece un empleador que no conozco
Falta un trabajo que sí tuve
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Enfermedad profesional: por dónde empezar
Hay dolencias que aparecen de a poco por la tarea que hacés. La ley las prevé, pero pocos saben por dónde arrancar.
Cómo es
Cuatro cosas que conviene saber
Hay un listado oficial
Es la lista de enfermedades que la ley reconoce como profesionales. Para cada una dice qué exposición laboral hace falta y en qué actividades suele presentarse.
Si no está en el listado, se denuncia igual
Si la ART la rechaza o la deriva a la obra social, la Comisión Médica y la Comisión Médica Central deciden si en tu caso se reconoce como profesional.
No alcanza con el diagnóstico
Un médico tiene que encuadrar la dolencia como enfermedad profesional, y además hay que acreditar la exposición: qué tarea hacías, desde cuándo y en qué condiciones.
Después, la denuncia
Le avisás a la empresa para que comunique a la ART. Si no lo hace, el trabajador puede denunciar por telegrama laboral.
Un detalle importante
Qué juntar
-
Lo médico
Todo lo que muestre la dolencia y desde cuándo
Estudios, certificados, informes de los médicos que te atendieron, en orden de fecha. Si te operaron, el resumen de la internación.
-
Lo laboral
Todo lo que muestre qué hacías y desde cuándo
Recibos de sueldo, tu categoría, la tarea concreta, las herramientas o cargas con las que trabajabas, y cualquier pedido o reclamo por seguridad que hayas hecho.
Si la ART rechaza
El rechazo no cierra el tema
Es el comienzo de otro camino: se presenta ante la Comisión Médica y, si hace falta, sigue en el Tribunal del Trabajo. Guardá la notificación del rechazo con su fecha, porque es lo primero que vamos a necesitar.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos consultan
Me duele la espalda de cargar peso, ¿es enfermedad profesional?
Sigo trabajando en la misma empresa, ¿puedo reclamar igual?
Hace años que tengo la dolencia, ¿todavía puedo?
¿Qué pasa si la empresa dice que no es del trabajo?
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Guía rápida para trabajadores
Qué papeles juntar
Todo lo que muestre qué te pasó, cómo te atendieron y dónde trabajás sirve para probar que los hechos son ciertos. Juntá lo que tengas: no hace falta tenerlo todo para consultar.
Cómo es
Tres grupos de papeles
Cada uno prueba una parte: qué te pasó, cómo te atendieron y dónde trabajás. Ordenalos por fecha y guardá los originales.
-
Lo médico
Todo lo de la atención
Estudios (radiografías, resonancias, ecografías) con sus informes. Certificados y órdenes médicas. Constancias de los turnos a los que fuiste, kinesiología incluida.
Si te operaron o te internaron: la epicrisis o la historia clínica.
El alta médica o el rechazo de la ART, si ya lo tenés, con la fecha en que te llegó.
-
Lo laboral
Dónde trabajás y qué hacés
Tu DNI. Recibos de sueldo. Tu historia laboral de ANSES, que se baja gratis.
Con una enfermedad, además, lo que muestre qué tarea hacías y desde cuándo: categoría, puesto, herramientas o cargas.
-
Lo que se dijo
Cada aviso y cada respuesta, con su fecha
Telegramas que mandaste, con el número de seguimiento. Cartas documento de la ART o de la empresa, con el sobre.
Los mensajes con la empresa o con la ART por WhatsApp: sacá captura o exportá el chat, así quedan las fechas.
Un detalle importante
Los testigos también cuentan
Anotá nombre y teléfono de quienes vieron lo que pasó o saben cómo trabajás: compañeros, gente del lugar, quien te llevó a atenderte. Entre tres y cinco personas es lo ideal.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos consultan
No tengo casi nada, ¿igual puedo consultar?
¿Mando fotos o hacen falta los originales?
Me atendí por mi obra social o en un hospital, ¿sirve?
Borré los mensajes, ¿es un problema?
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Lo que suele pasar con la ART
Hay tres respuestas de la ART que se repiten. Ninguna cierra el tema, pero en las tres importa lo que hagas después.
Cómo es
Tres respuestas que se repiten
Te dan el alta y seguís con dolor
El alta con cero por ciento de incapacidad cierra el caso para la ART, no para vos. Guardá el alta con su fecha, seguí atendiéndote y guardá todo lo de esa atención.
El alta se puede discutir ante la Comisión Médica.
Rechazan por "preexistente" o "inculpable"
Es la respuesta más común con la columna, el hombro y el oído: dicen que la dolencia no es del trabajo. No lo decide la ART. Lo decide la Comisión Médica y, si hace falta, el Tribunal del Trabajo.
Guardá la carta documento del rechazo con su fecha.
Te ofrecen un acuerdo
Puede ser en la Comisión Médica o antes. No firmes nada sin consultar: lo que se firma y se homologa es muy difícil de revertir.
En los tres casos, lo primero que vamos a necesitar es la fecha en que te notificaron. Guardá el papel, el sobre o el mensaje donde figura.
Un detalle importante
Ninguna de las tres cierra el tema
El alta, el rechazo y la oferta son respuestas de la ART, no la última palabra. Lo que sigue se decide con tu documentación, así que lo primero es juntarla.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos consultan
Me dieron el alta, ¿tengo que volver a trabajar?
¿Puedo seguir atendiéndome por mi obra social después del alta?
La ART dice que mi hernia es preexistente, ¿se termina ahí?
Ya firmé un acuerdo, ¿puedo hacer algo?
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Herramienta
Calculadoras de plazos
Tres calculadoras: días hábiles judiciales de la Provincia de Buenos Aires, días corridos y días hábiles. Elegí la que necesitás.
Días hábiles judiciales
No cuenta el día de inicio y sí cuenta el día de fin. El resultado no reemplaza el cómputo del plazo de tu caso: eso lo vemos juntos.
Qué descuenta
Feriados e inhábiles cargados
Feriados nacionales según la Ley 27.399, con los trasladables ya corridos a su fecha efectiva, y los días no laborables fijados por el Poder Ejecutivo. Días inhábiles judiciales según la guía de suspensiones de términos de la SCBA.
Feriados nacionales 2025
- 1/1Año Nuevoferiado
- 3/3Carnavalferiado
- 4/3Carnavalferiado
- 24/3Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justiciaferiado
- 2/4Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinasferiado
- 17/4Jueves Santono laborable
- 18/4Viernes Santoferiado
- 1/5Día del Trabajadorferiado
- 2/5Día no laborable con fines turísticosno laborable
- 25/5Día de la Revolución de Mayoferiado
- 16/6Paso a la Inmortalidad del General Güemes (trasladado del 17/6)feriado
- 20/6Paso a la Inmortalidad del General Belgranoferiado
- 9/7Día de la Independenciaferiado
- 15/8Día no laborable con fines turísticosno laborable
- 17/8Paso a la Inmortalidad del General San Martínferiado
- 12/10Día del Respeto a la Diversidad Culturalferiado
- 21/11Día no laborable con fines turísticosno laborable
- 24/11Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20/11)feriado
- 8/12Inmaculada Concepción de Maríaferiado
- 25/12Navidadferiado
Feriados nacionales 2026
- 1/1Año Nuevoferiado
- 16/2Carnavalferiado
- 17/2Carnavalferiado
- 23/3Día no laborable con fines turísticosno laborable
- 24/3Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justiciaferiado
- 2/4Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinasferiado
- 3/4Viernes Santoferiado
- 1/5Día del Trabajadorferiado
- 25/5Día de la Revolución de Mayoferiado
- 15/6Paso a la Inmortalidad del General Güemes (trasladado del 17/6)feriado
- 20/6Paso a la Inmortalidad del General Belgranoferiado
- 9/7Día de la Independenciaferiado
- 10/7Día no laborable con fines turísticosno laborable
- 17/8Paso a la Inmortalidad del General San Martínferiado
- 12/10Día del Respeto a la Diversidad Culturalferiado
- 23/11Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20/11)feriado
- 7/12Día no laborable con fines turísticosno laborable
- 8/12Inmaculada Concepción de Maríaferiado
- 25/12Navidadferiado
Feriados nacionales 2027
- 1/1Año Nuevoferiado
- 8/2Carnavalferiado
- 9/2Carnavalferiado
- 24/3Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justiciaferiado
- 25/3Jueves Santono laborable
- 26/3Viernes Santoferiado
- 2/4Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinasferiado
- 1/5Día del Trabajadorferiado
- 25/5Día de la Revolución de Mayoferiado
- 20/6Paso a la Inmortalidad del General Belgranoferiado
- 21/6Paso a la Inmortalidad del General Güemes (trasladado del 17/6)feriado
- 9/7Día de la Independenciaferiado
- 16/8Paso a la Inmortalidad del General San Martín (trasladado del 17/8)feriado
- 11/10Día del Respeto a la Diversidad Cultural (trasladado del 12/10)feriado
- 20/11Día de la Soberanía Nacionalferiado
- 8/12Inmaculada Concepción de Maríaferiado
- 25/12Navidadferiado
Inhábiles judiciales 2025 (además de los feriados nacionales)
- 1/1 al 31/1Feria judicial de enerotoda la provincia
- 5/3Suspensión de términos SCBA (Res. 128/25)toda la provincia
- 21/7 al 1/8Feria judicial de invierno 2025toda la provincia
- 4/8Suspensión de términos SCBA (Res. 794/25)toda la provincia
- 10/10Día inhábil según la guía de la SCBA (Res. 139/25)toda la provincia
- 24/12Día inhábil SCBA (Res. 1565/25)toda la provincia
- 26/12Día inhábil SCBA (Res. 1565/25)toda la provincia
- 31/12Día inhábil SCBA (Res. 1565/25)toda la provincia
- 19/5Suspensión de términos en Zárate-Campana (Res. 451/25)Zárate-Campana
- 2/9 al 3/9Suspensión de términos en Zárate-Campana (Res. 1309/25)Zárate-Campana
- 19/3Feriado local de Zárate (Res. 107/25)localidad
- 6/7Feriado local de Campana (Res. 686/25)localidad
- 9/10Feriado local de Escobar (Res. 1222/25)localidad
- 15/4Suspensión de términos en el tribunal (Res. 417/25)Tribunal del Trabajo N° 1 (Campana)
- 4/9Suspensión de términos en el tribunal (Res. 1309/25)Tribunal del Trabajo N° 1 (Campana)
- 15/4Suspensión de términos en el tribunal (Res. 417/25)Tribunal del Trabajo N° 2 (Zárate)
- 4/9Suspensión de términos en el tribunal (Res. 1309/25)Tribunal del Trabajo N° 2 (Zárate)
- 10/2Suspensión de términos en el tribunal (Res. 757/25)Tribunal del Trabajo N° 3 (Campana)
- 15/4Suspensión de términos en el tribunal (Res. 417/25)Tribunal del Trabajo N° 3 (Campana)
- 29/8Suspensión de términos en el tribunal (Res. 1135/25)Tribunal del Trabajo N° 3 (Campana)
- 1/9Suspensión de términos en el tribunal (Res. 1135/25)Tribunal del Trabajo N° 3 (Campana)
- 4/9Suspensión de términos en el tribunal (Res. 1309/25)Tribunal del Trabajo N° 3 (Campana)
- 15/4Suspensión de términos en el tribunal (Res. 417/25)Tribunal del Trabajo N° 4 (Escobar)
Inhábiles judiciales 2026 (además de los feriados nacionales)
- 1/1 al 31/1Feria judicial de enerotoda la provincia
- 17/7Suspensión de términos SCBA (Res. 849/26)toda la provincia
- 20/7 al 31/7Feria judicial de invierno 2026 (Ac. 4229)toda la provincia
- 16/11Día inhábil según la guía de suspensiones de la SCBAtoda la provincia
- 19/3Feriado local de Zárate (Res. 99/26)localidad
- 16/7Feriado local de Zárate (Res. 776/26)localidad
- 6/7Feriado local de Campana (Res. 779/26)localidad
- 11/2Suspensión de términos en el tribunal (Res. 244/26)Tribunal del Trabajo N° 4 (Escobar)
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